jueves 26 de junio de 2025 20:51:37

LA PLATA: LA PROVNCIA INFORMÓ QUE LOS TRABAJADORS ESTATALES QUE RECIBIERON UNA DOSIS DE LA VACUNA CONTRA EL CORONAVIRUS PUEDEN SER CONVOCADOS A PRESTAR TAREAS PRESENCIALES

La medida se concretó a través del decreto 521 publicado en el Boletín Oficial bonaerense y lleva las firmas del gobernador Axel Kicillof; el ministro de Salud, Daniel Gollan, y el jefe de Gabinete, Carlos Bianco

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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires confirmó este martes 27 de julio que los trabajadores estatales que recibieron al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus podrán ser convocados a prestar tareas presenciales. El llamado puede ocurrir luego de transcurridos 21 días corridos desde la inoculación si las circunstancias lo justifican.

De esta manera, la normativa incorpora al Decreto N° 203/2020 el artículo que establece que «las y los agentes del Sector Público provincial, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina podrán ser convocadas/os a prestar tareas presenciales, transcurridos veintiún (21) días corridos desde la inoculación».

Asimismo, señala que quienes «habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse a vacunarse o inscriptos no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal, podrán ser convocados a prestar tareas presenciales».

En tanto, se aclaró que en el caso que el trabajador se encuentre en proceso de vacunación en cualquier jurisdicción, «deberá presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción”.

Además, se especificó que el Ministerio de Salud pondrá a disposición la información necesaria a los fines de verificar la situación de las y los agentes alcanzadas/os por esas disposiciones.

El Gobierno bonaerense recordó que en el marco de la disposición del teletrabajo por la pandemia de coronavirus, se exceptuó al personal necesario para garantizar los servicios y actividades que fueron calificados como esenciales o no interrumpibles.

A la vez, se especificó que mediante la Resolución N° 90/2020, Jefatura de Gabinete autorizó a las embarazadas a no asistir a sus lugares de trabajo y estipuló que se consideraba población de riesgo a los mayores de 60 años, las personas inmunosuprimidas, los pacientes en tratamiento oncológico, y las personas con enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, diabetes, obesidad mórbida, insuficiencia renal crónica en diálisis.