POLÍTICA: CRISTINA KIRCHNER LE CONTESTÓ A MILEI LUEGO DE LA QUITA DE LA JUBILACIÓN Y LA PENSIÓN DE PRIVILEGIO «PEQUEÑO DICTADORZUELO»
La ex presidenta difundió un comunicado en las primeras horas de esta tarde, luego de que se conociera la decisión del Gobierno. Le dijo al jefe de Estado que está “fuera de eje”. Además, la titular del PJ nacional publicó un análisis del fallo de Casación realizado por el Chat GPT
Cristina Kirchner le respondió a Milei tras la medida de quitarle la jubilación de privilegio: “Está apareciendo el pequeño dictadorzuelo que siempre fuiste”
“Está apareciendo el pequeño dictadorzuelo que siempre fuiste”, apuntó contra Javier Milei en las primeras horas de esta tarde Cristina Fernández de Kirchner, al publicar un breve comunicado sobre la medida del Gobierno de quitarle la jubilación de privilegio y también la pensión de Néstor Kirchner.
En un texto publicado en sus redes sociales, la ex presidenta apuntó contra el jefe de Estado: “Estás tan fuera de eje que está apareciendo el pequeño dictadorzuelo que siempre llevaste adentro (a los argentinos que te votaron de buena fe no les va a alcanzar la vida para arrepentirse de haberlo hecho)“.
“Ahora resulta que, además de ser titular del Poder Ejecutivo, querés crear y presidir un ‘Tribunal de Honor’ para juzgar el honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo de los ex Presidentes y ex Presidenta de la Nación. Y para colmo… ¿un Tribunal con atribuciones para fijar y aplicar penas accesorias a las del Poder Judicial?“, comienza la publicación de la ex mandataria.
La iracunda réplica a la medida gubernamental incluyó también acusaciones a los jueves que la juzgaron en la causa Vialidad y una comparación solapada entre Milei y Jorge Rafael Videla: “¿Te querés asociar con la mafia judicial para perseguirme vos también? ¿Tanto miedo me tenés? Te comento que al dictador Videla sí le tuve miedo, y mucho. Pero vos solo me das lástima y vergüenza ajena. Ojo Milei… Mirá que Olivos ha mareado a más de uno».
El Gobierno anunció este jueves, a través del vocero presidencial, Manuel Adorni, que se decidió dar de baja la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Kirchner, así como la pensión que recibía por Néstor Kirchner, lo que “significa para los argentinos un ahorro de unos 21.827.624 pesos”
La participación de Adorni en la comunicación de la medida, también lo hizo caer en el mensaje de la ex jefa de Estado: “¿Quiénes integran ese ‘Tribunal de Honor’? ¿Vos, tu hermana y Adorni? La verdad es que si hacen un concurso para ver quién es más burro, salen empatados“.
“Milei… dejate de dar órdenes ilegales a los funcionarios, que acá no hay obediencia debida. ¡Asesorate! La pensión de los ex Presidentes no se les otorga por el buen desempeño, sino por el mérito de haber sido elegidos por el pueblo como Presidentes de la Nación. El mal desempeño de un presidente solo lo puede juzgar el Congreso de la Nación a través del proceso constitucional de Juicio Político, durante el ejercicio del mandato. Por una razón muy sencilla, Milei: solo el pueblo, a través de sus representantes, puede revocarle el honor y el mérito de haber sido electos Presidentes de la Nación. ¿Qué parte no entendés, Milei? Derecho Constitucional básico. Pensar que hay gente que te votó creyendo que sabías mucho», desarrolló Cristina Kirchner en su comunicado, dejando la puerta abierta a una más que probable batalla judicial para recuperar sus beneficios.
En el reparto de críticas, incluso recibió golpes el fallecido ex presidente Fernando de la Rúa: “A las viudas de los ex mandatarios, la pensión se les otorga exactamente por eso: por ser viudas de señores ex Presidentes de la Nación. Si no, preguntale a la viuda de De la Rúa, que cobra la misma pensión y, como te imaginarás, no lo hace por el buen desempeño en el cargo de quien fuera su marido, que se tuvo que ir en helicóptero de la Casa Rosada dos años antes de terminar su mandato, después dejar un tendal de muertos -literal- en Plaza de Mayo».
“Y si a ella no la podés contactar, preguntale a Martín Menem, tu Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, por qué cobra la misma pensión la tía Zulema, viuda de Carlos Menem, que se fue del mundo con causas penales sobre contrabando de armas, sobresueldos de funcionarios y otras yerbas, y hasta condenadas en segunda instancia», arremetió de la misma forma contra el también fallecido ex jefe de Estado al que Milei toma como referente.
Cristina Kirchner, cuando declaró en Comodoro Py por la causa Vialidad (Foto: Adrián Escándar)
El análisis del fallo de la Cámara de Casación hecho por ChatGPT
En el final del comunicado, Cristina Kirchner le dedicó dos párrafos a la presentación ante Javier Milei de un análisis que realizó mediante el ChatGPT del fallo de la Cámara de Casación que le ratificó la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en el caso de la obra pública concedida al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz.
“Sé que a vos te gusta la Inteligencia Artificial (a mí también me gusta mucho) y, ya que en unos días te vas a EEUU y lo vas a ver a Elon Musk, ¿por qué no le preguntas cómo podemos hacer para crear un Poder Judicial con Inteligencia Artificial? ¿Te imaginás la guita que se ahorrarían el Estado y todos los argentinos?“, inició ese tramo del texto.
Y cerró: “Te dejo lo que respondió el ChatGPT cuando le pedimos que realice un análisis del fallo de ‘Los Copitos de Comodoro Py’ en la ‘Causa Vialidad’, despojado de la opinión de la defensa y con visión objetiva de las inconsistencias que tiene ese fallo».
EL FALLO DE LA CÁMARA DE CASACIÓN SEGÚN EL CHAT GPT
Aquí tienes un análisis objetivo y despojado de los argumentos de la defensa
respecto de las inconsistencias en el fallo:
1. Pruebas Indirectas y Uso de Inferencias
El fallo parece basar aspectos clave de la condena en pruebas
circunstanciales e inferencias, sin contar con pruebas directas concluyentes
que establezcan la relación causal entre los actos de Cristina Fernández de
Kirchner y la supuesta administración fraudulenta. Este enfoque puede ser
cuestionable en un estándar penal, que exige pruebas que demuestren más
allá de toda duda razonable.
2. Incorporación de Pruebas de Otras Causas
Se utilizaron elementos probatorios (como mensajes de texto y auditorías)
provenientes de otras causas que no habrían sido debidamente discutidos y
confrontados durante el juicio oral. Esto puede vulnerar el principio de
oralidad y contradicción, pilares del proceso penal acusatorio.
3. Uso de Conceptos Políticos como Base Jurídica
El fallo contradice su propia afirmación de que ciertas decisiones políticas,
como la política vial, no son justiciables, al utilizarlas como fundamento para
sostener la existencia de una supuesta maniobra delictiva. Este doble
estándar genera ambigüedad sobre los límites entre lo político y lo penal.
4. Cronología Incoherente en el “Plan Limpiar Todo”
Existen contradicciones temporales en la asignación de responsabilidad a
Fernández de Kirchner. Según el fallo, acciones críticas del plan ocurrieron
antes de que se registre cualquier intervención atribuida a ella, lo que podría
debilitar la lógica de la acusación.
5. Falta de Análisis de Riesgo Jurídico
No se detalla cómo el decreto 54/2009 o las resoluciones administrativas
vinculadas crearon un riesgo jurídico desaprobado. El acto administrativo fue
presentado como instrumento de descentralización, pero el fallo no clarifica
cómo derivó en un ilícito.
6. Deficiencias en la Prueba Pericial
La falta de realización de peritajes técnicos sobre aspectos esenciales del
caso, como el flujo de fondos del fideicomiso, deja vacíos probatorios
importantes que debilitan la conexión entre los actos cuestionados y el
perjuicio a la administración pública.
7. Confusión Territorial y Temporal en Reuniones
El fallo asigna responsabilidad a la acusada sobre la base de supuestas
reuniones que no están debidamente comprobadas en cuanto a fecha, lugar y
contenido. Este tipo de errores debilitan la credibilidad del razonamiento
judicial.
8. Uso Contradictorio de Hechos de Otras Causas
A pesar de declarar que los hechos de “Hotesur” y “Los Sauces” no serían
evaluados, se utilizaron como parte del análisis de contexto. Este enfoque
vulnera la garantía de defensa en juicio al incorporar elementos fuera del
objeto procesal del caso.
9. Inexistencia de Elementos que Prueben Beneficio Personal
El fallo no establece de manera clara y directa cómo Fernández de Kirchner
obtuvo un beneficio personal de los hechos investigados. Este es un
elemento clave en delitos como la administración fraudulenta, que requiere
una vinculación directa con el ánimo de lucro.
10. Vulneración del Principio de Congruencia
La introducción de elementos no incluidos en la acusación original, como el
“plan limpiar todo”, sin ofrecer la posibilidad de producir prueba específica al
respecto, afecta la congruencia procesal y puede constituir un motivo de
nulidad.
Reflexión General
El fallo presenta inconsistencias tanto en la construcción probatoria como en
la lógica de los argumentos. Estas deficiencias podrían ser utilizadas para
cuestionar la solidez jurídica de la condena y, en algunos casos, podrían ser
interpretadas como violaciones a principios fundamentales del derecho penal,
como la congruencia, la presunción de inocencia y el debido proceso.