viernes 26 de abril de 2024 22:17:54

EDUCACION: Será obligatoria para los presos

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La 26.695 establece que “todas las personas privadas de su  libertad tienen derecho a la educación pública” y asigna al Estado  nacional, las provincias y la ciudad de Buenos Aires “la  responsabilidad indelegable de proveer prioritariamente a una educación  integral, permanente y de calidad” a los detenidos, “garantizando la  igualdad y gratuidad en el ejercicio de este derecho”.

“Los fines y objetivos de la política educativa respecto de las  personas privadas de su libertad son idénticos a los fijados para  todos los habitantes de la Nación por la Ley de Educación  Nacional”, equipara la ley, que además determina que “todos los internos  deben completar la escolaridad obligatoria fijada en la ley”.

Los detenidos, en su condición de alumnos, tendrán “el deber  de estudiar y participar en todas las actividades formativas y complementarias, respetar la libertad de conciencia, la dignidad,  integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad  educativa, participar y colaborar en la mejora de la convivencia”.

“El acceso a la educación en todos sus niveles y modalidades  no admitirá limitación alguna fundada en motivos discriminatorios,  ni en la situación procesal de los internos, el tipo de  establecimiento de detención, la modalidad de encierro, el nivel de  seguridad, el grado de avance en la progresividad del régimen  penitenciario, las calificaciones de conducta o concepto, ni en ninguna otra  circunstancia que implique una restricción injustificada del  derecho a la educación”, añade la nueva legislación.

Además, la educación será permanente y desde el primer día de detención: “Desde el momento mismo del ingreso se asegurará al  interno su derecho a la educación, y se adoptarán las medidas  necesarias para mantener, fomentar y mejorar sus capacidades e  instrucción. Cada vez que un interno ingrese a un establecimiento, las  autoridades educativas y penitenciarias deberán certificar su nivel de  instrucción dejando constancia en el legajo personal y en los  registros pertinentes”.

El texto hace hincapié en la situación de las detenidas: “La  mujer privada de su libertad será especialmente asistida durante el  embarazo, el parto, y se le proveerán los medios materiales para  la crianza adecuada de su hijo mientras éste permanezca en el  medio carcelario, facilitándose la continuidad y la finalización de  los estudios”.

La implementación del programa estará a cargo del Ministerio  de Educación y el de Justicia y Derechos Humanos, y sus  equivalentes provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que  “deberán proveer de ámbitos apropiados para la educación, tanto para los  internos como para el personal docente y penitenciario”.

Para ello, tendrán que “adoptar las previsiones  presupuestarias y reglamentarias pertinentes, remover todo obstáculo que limite  los derechos de las personas con discapacidad, asegurar la  permanencia de los internos en aquellos establecimientos donde cursan con  regularidad, mantener un adecuado registro de los créditos y  logros educativos, requerir y conservar cualquier antecedente útil a  la mejor formación del interno”.

El estudio traerá beneficios a los reos en cuanto a “los  plazos requeridos para el avance a través de las distintas fases y  períodos de la progresividad del sistema penitenciario” tales como las  salidas laborales, transitorias y la libertad condicional, que se  reducirán en hasta 20 meses, de acuerdo al tipo y cumplimiento de  la educación.

La ley advierte que “los obstáculos e incumplimientos en el  acceso al derecho a la educación podrán ser remediados por los  jueces competentes a través de la vía del hábeas corpus correctivo,  incluso en forma colectiva”.

Además, obliga al Poder Ejecutivo nacional a “garantizar la creación de espacios y programas de estudio para todos los establecimientos donde aún no existiesen, en el plazo máximo de  dos años”. Fte. diariohoy.nett

 

 

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