viernes 19 de abril de 2024 08:36:13

LA PLATA: En la causa Píparo adelantamos novedades

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El fiscal Marcelo Romero “ elevan a juicio oral y público” la causa en la que están detenidos seis acusados por la brutal salidera bancaria, que el 29 de julio de 2010, sufrió Carolina Piparo, tras retirar dinero de una sucursal bancaria de la capital bonaerense, cuando estaba embarazada a término
El hecho sacudió al país y generó un cimbronazo político que terminó con un reto del ex presidente Néstor Kirchner al gobernador Daniel Scioli durante uyn acto que fue transmitido en vivo a todo el país.

El fiscal Romero, luego de analizar todas las pruebas reunidas en la causa, realizará el dictamen de elevación a juicio, que deberá ser analizado por el juez de Garantías que interviene en el caso, César Melazo, precisaron voceros judiciales.

En esta causa están detenidos y procesados con prisión preventiva confirmada, Carlos Moreno (19), Luciano López (19), Carlos Burgos (18), Juan Manuel Calvimonte (24), Miguel “Pimienta” Silva (42), y Carlos Jordán Juárez (45).

Para el fiscal Romero, Carlos Jordán Juárez es “el jefe de la organización delictiva” y Carlos Burgos “el autor material” del ataque a Piparo y de la muerte de su hijo Isidro, quien estuvo siete días en terapia intensiva.

“Pimienta” Silva fue quien “marcó” a Carolina y su madre dentro del banco.

Luciano López y Juan Manuel Calvimonte aparecen como los coautores del homicidio de la criatura y del intento de dar muerte a su madre. Carlos Moreno aparece como  es partícipe necesario del delito.

Por el mismo hecho, están procesadas pero libres, Jennifer López Leguina (19), pareja de López, y Stella Maris Grizzia (28), ya que se les imputa el delito excarcelable de “encubrimiento agravado”.

También resta saber que pasará con el cajero Gerardo Pereda, apuntado por la defensa de la víctima.

Además se mantuvo el encuadre legal dado al caso: “asociación ilícita, robo doblemente calificado en concurso real con homicidio triplemente calificado por haber sido perpetrado con alevosía, con el concurso premeditado de dos o más personas y criminis causa en grado de tentativa en concurso ideal con homicidio triplemente calificado por haber sido perpetrado por alevosía, con el concurso premeditado de dos o más personas y criminis causa -para asegurar el resultado del delito- agravado”.

La calificación de “homicidio” se incluye por la muerte del bebé de Piparo, Isidro, siete días después de haber nacido por una cesárea de urgencia luego de que su madre fuera baleada por los asaltantes.

La muerte de Isidro generó un debate judicial que aun no fue saldado. Según se desprende de la causa, el fallecimiento del bebé fue un “homicidio” ya que los investigadores concluyeron que la acción desplegada por los delincuentes “estuvo dirigida a matar a dos personas únicas, irrepetibles e independientes a fin de asegurar un delito”.

“Está fuera de debate la posibilidad de que el accionar desplegado se halle inmerso en la figura del aborto”, aseguró el fiscal, tras una discusión pública de juristas sobre qué figura legal se debía aplicar en el caso.

“Isidro tenía vida, identidad, nombre, sexo, futuro, esperanza y familia, y a pesar de los procedimientos médicos que debió padecer, su ser era independiente”, se lee en el expediente.

El fiscal no perdió de vista que el embarazo de Piparo “se encontraba en término y ningún signo indicaba” que el nacimiento de la criatura “no fuera viable”.

“Los imputados, en su aberrante accionar, quisieron y asumieron fríamente las consecuencias de cercenar la vida de Carolina y de Isidro” detalló Romero en el expediente.

Este debate sobre si la muerte de Isidro fue un homicidio o un aborto quedará saldado en la calificación  del hecho que sostengan los jueces a cargo de debate oral.

En tal sentido, la defensa de los imputados habían planteado que “no está acreditado que el menor nacido luego del hecho falleció producto del disparo recibido por la madre, por lo que debería revocarse la imputación en ese punto”, ya que los médicos determinaron que la muerte sobrevino “por un paro cardiorespiratorio no traumático”.

Pero para los camaristas “en efecto, los médicos son contundentes al explicar que si bien Isidro no padeció en forma directa ningún traumatismo, resulta indispensable para el mantenimiento de la vitalidad fetal, la homeostasis en cuanto al flujo útero placentario”.

“La lesión -agregaron- padecida por la madre, ocasionó en ella un cuadro de hipertensión con posterior hipotensión e hipoxemia por el compromiso ventilatorio, que llevaron al compromiso vital fetal”.

Los jueces concluyeron que “esto provocó injuria sobre todos los órganos por lo profundo y prolongado en tiempo, debiendo entenderse como crítico el lapso que demandó el traslado de la víctima hasta un centro asistencial donde se pudiera verificar el estado fetal y decidir la conducta quirúrgica, resultando las lesiones irreversibles”.

“No obstante, Isidro logró tener vida extrauterina, ello manifestado por la existencia de actividad cardíaca propia, respiratoria y cerebral”, concluyeron los magistrados.

“El mecanismo -agregaron- final de muerte, resulta de la incapacidad de órganos y sistemas de mantener la homeostasis o equilibrios necesarios, entidad médica conocida como fallo multisistémico, en la cual la injuria hipóxica padecida por los distintos órganos, no permite que los mismos puedan cumplir con su función para la vida”.

Así rechazaron por unanimidad el pedido de cambio de encuadre legal, manteniendo la figura del homicidio triplemente calificado.

Este debate será central en el futuro juicio oral ya que se trata de un leading case (caso testigo) de la Justicia argentina.

De llegar la causa a juicio oral, los imputados enfrentarán un proceso por delitos que se castigan con prisión o reclusión perpetua.

El ministerio público había decretado el cierre del sumario, y esa medida fue confirmada el mes pasado por el fiscal general de La Plata, Héctor Vogliolo. Por Luis Sangiorgio

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