jueves 25 de abril de 2024 13:05:48

POLITICA:Senadores sesionaran el miercoles para tratar un veto de Scioli

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Los senadores de la provincia de Buenos Aires sesionarán el miércoles y podrían dar el primer paso para que finalmente los agentes públicos que se jubilaron entre el periodo comprendido desde abril de 2002 al 1 de junio de 2005 puedan cobrar la retribución especial por egreso, denominado también “premio jubilatorio”, tras el veto del gobernador Scioli a la ley que lo restablecía y que fuera sancionada por la legislatura provincial el pasado año.

Por acción y por omisión los senadores mandarán mensaje al Ejecutivo provincial de tal forma la controvertida reforma contravencional que empujaron los ministros Alberto Pérez, Ricardo Casal y Carlos Stornelli y reclamada por Scioli en la Asamblea Legislativa sea parte del pasado. Comenzará un “debate libre”, es decir sin tener en cuenta el proyecto del Ejecutivo, sobre una eventual modificación del Código contravencional provincial.

El eventual ingreso de la Ley de hidrocarburo y la aprobación, para girar a diputados, del expediente E 128/10-11 que restituye el “premio jubilatorio” para todos los agentes de la administración pública que aun no lo han cobrado por suspensiones transitorias entre los años 2002/05, serían dos acciones de los legisladores

La retribución especial por egreso que se establece el artículo uno del proyecto de ley sancionado en diciembre pasado por la Cámara de Diputados y el que recientemente presentado con las firmas de los presidentes de las bancadas del FpV/PJ y la UCR, Osvaldo Goicoechea y Orlando Costa, comprende al personal dependiente de la Administración Pública Provincial encuadrados en los regímenes de las leyes 10328, 10384, 10430, 10579 y 12268 que hayan obtenido su derecho jubilatorio dentro del periodo de vigencia de la ley 12867 y desde la sanción de la ley 13154.

La retribución especial por jubilación, seis sueldos, que desde distintos gremios se reclamó durante estos últimos años, para aquellos trabadores que se jubilaron dentro del periodo 04-2002 al 07-2005, había quedado saldada con la sanción del proyecto, presentado en 2007 por el senador de la UCR Gustavo Vignali, por parte de la legislatura.

La decisión adoptada por el Gobernador Scioli de vetar la norma sancionada por los legisladores, una medida extrema, teniendo en cuenta la extensión del reclamo, a instancia de la recomendación que hizo el Ministerio de Economía que comanda el Alejandro Arlía, en ningún momento calmó los reglamos, que se consideran histórico por parte de algunos gremios.

La retribución especial por egreso, que contemplan las normas estatutarias para el personal dependiente de la Administración Pública Provincial, en ocasión de contar con los requisitos para la obtención del beneficio jubilatorio, fue suspendida durante la emergencia económica provincial mediante ley 12867, y el fundamento de la suspensión estaba dado justamente por la crisis económica y financiera de la provincia de Buenos Aires. El criterio legislativo que imperó para restituir el beneficio fue que “la suspensión” del mismo significa que una vez que cesa la situación de hecho que daba origen a la suspensión, “el derecho se debería tornar nuevamente operativo y eficaz”.

En diciembre de 2003 se sancionó la ley 13154, que en su artículo 26 derogó con carácter permanente esta retribución especial que gozaban los agentes de la administración pública provincial, la cual no solo se cree que es injusta sino que además “da por tierra” con los preceptos consignados en el artículo 39 inc. 3 y 4 de la Constitución de la provincia, cercenando derechos adquiridos e imponiendo normas en leyes ajenas a su objeto.

Es así que en junio de 2005 se restituye la retribución especial para aquellos que cumplan con los requisitos necesarios para la obtención de la jubilación, mediante ley 13355, haciéndose efectiva solo para aquellos agentes que cesaran a partir del 1 de junio de 2005
Así las cosas, entonces, el personal planta permanente de la Dirección de Vialidad (ley 10328), de Obras Sanitarias (Ley 10384), de la Administración Pública (Ley 10430), los docentes (Ley 10579), y aquel personal que se encuentre dentro del régimen de las actividades artísticas- técnicas y complementarias (Ley 12268), podrían llegar a cobrar sus seis meses de sueldo que debieron percibir cuando se jubilaron en aquel periodo que va del 04-2002 al 07-2005, sí finalmente la norma que, ahora, empujan Goicoeche y Costa es sancionada por la legislatura y promulgada por el Poder Ejecutivo.

Este último proyecto subsanó un error que se había cometido en el proyecto original de Vignali que circunscribía la normativa al Presupuesto 2007, año en que se presentó la norma, algo que sirvió de argumento para el veto que impuso el gobernador a la norma en diciembre pasado. Por las dudas Goicoechea y Costa redactaron un nuevo artículo tres del proyecto donde se consigna “el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberá ser atendido con cargo a Rentas Generales, a tal efecto autorizase al PE a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesaria”.

El proyecto tiene moción de preferencia para ser tratado con despacho de la comisión de Trabajo y Legislación Social que comanda el Santiago Nardelli, requisito ya alcanzado. En la comisión también fue aprobado el veto del gobernador a la norma ya sancionada por la legislatura. Ahora se esperan movimiento de recintFte. infocielo.com.ar

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