JUSTICIA: El Juzgado administrativo del Juez Arias frena jubilaciones de oficio
El juez en lo Contencioso administrativo de La Plata, Luis Arias, dictó un fallo que obligó al gobierno bonaerense abstenerse de jubilar a empleados públicos en condiciones de acceder al beneficio previsional porque debió concretar el trámite antes de agosto de 2009, por lo que ahora tendrá que hacerlo antes de agosto pero de 2010.
La sentencia que prolongó la permanencia en sus puestos de tres empleadas del Instituto de la Vivienda de la Provincia “que cuentan con una importante antigüedad y con edad jubilatoria” y cumplían con los requisitos para jubilarse, indicó que el Estado omitió hacer el trámite en término y –dice- intentó subsanar el olvido mediante el Decreto 2676/09, que extendió los plazos hasta fin de año.
Vale recordar que la reglamentación vigente en la provincia establece que “los Organismos Sectoriales de Personal u oficinas que hagan sus veces, determinarán al 30 de junio de cada año el personal que se encuentra en las condiciones previstas en la ley y proyectarán el acto administrativo de cese, el que deberá dictarse en el plazo máximo de dos meses”.
Las trabajadoras consideraron que la decisión fue “extemporánea” y, en consecuencia, “conservan la estabilidad en su relación de empleo público hasta la próxima oportunidad de listar personal en condiciones jubilatorias, es decir, el año próximo”.
El juez les dio la razón en el fallo al asegurar que “cuando la Administración ha dejado transcurrir los plazos legales sin iniciar los procedimientos preestablecidos para la separación de sus agentes que se encontraban en las condiciones de acceder a la jubilación, no puede luego intentar remediar su incumplimiento mediante un acto administrativo dictado de manera extemporánea”.
“Con esa conducta intempestiva se podrían ver afectados los principios de buena fe, como así también, al deber de lealtad y confianza que comporta la buena fe en el ejercicio del poder jerárquico y organizacional”, añadió el juez.